ASCENSORES

Arquitectura

El ascensor es el medio de transporte más utilizado en nuestro país. Un ascensor tipo en España realiza de media 100.000 viajes hacia arriba o hacia abajo al año, eso supone muchas miradas en el espejo, conversaciones sobre el tiempo, y también mucha electricidad y emisiones de CO2.

Teniendo en cuenta que en el país funcionan cerca de un millón de elevadores y que la ocupación media es de 1,5 personas (no llega ni a los dos individuos necesarios para iniciar alguna conversación trivial), el resultado es que estas máquinas mueven cada día en vertical a 375 millones de pasajeros en 250 millones de viajes.

TIPOLOGÍAS DE ASCENSORES

  • Ascensores hidráulicos: el accionamiento se consigue a través de una bomba acoplada a un motor eléctrico y la elevación se consigue por medio de la inyección de aceite a presión a través de un grupo de mecanismos; cuando la cabina sube expulsa aceite. Cuando baja, lo recoge. Este modelo de ascensor solo acciona su motor en trayectos de subida.
  • Ascensores eléctricos: La tracción eléctrica está detrás del movimiento que se produce por la adherencia de los cables a la polea matriz de este equipamiento, que se acciona tanto en la subida como en la bajada de la cabina.

Dimensiones ascensor según normativa

CONSUMO DE UN ASCENSOR

¿Realmente sabemos el gasto de energía que supone el uso de estas máquinas?

El gasto energético de un ascensor se compone de dos conceptos: el consumo de los motores y el de la iluminación de la cabina.  De estos conceptos dependerá la potencia a contratar.

Algunos de los principales factores que afectan a la potencia requerida son la capacidad y las dimensiones, en el caso de ascensores convencionales ambos factores están relacionados.

Si analizamos un ascensor para 4 personas los consumos son los siguientes:

El consumo eléctrico para un ascensor hidráulico de 4 personas sería de entre unos 7,5 KW/hora a unos 10 Kw/hora.

En cuanto a ascensores eléctricos, tenemos consumos que pueden variar entre unos 3 KW/hora y unos 4 KW/hora., en función de si se trata de un sistema con variador de frecuencia o de dos velocidades principalmente.

En cuanto a los sistemas de última generación, los cuales no utilizan reductores, lo que les hace mucho más efectivos, tenemos que el consumo puede variar entre unos 2 KW/Hora y 2,5 KW/Hora, principalmente.

En el caso de ascensores para 6 personas el consumo se incrementaría en un 20%.

Por cierto,  ¿alguna vez os habéis parado a pensar que pasa con la luz cuando se cierra la puerta del ascensor? 

La lógica dice que no es necesaria ningún tipo de iluminación cuando un recinto no tiene ocupación, pero en el caso de los ascensores no es así, puesto que esta permanece encendida incluso por la noche. ¿Dejaríais la luz encendida de vuestro salón por las noches de 1 a 6 de la mañana cuando estáis durmiendo? Pues esto es lo que sucede en el ascensor de nuestras viviendas, oficinas y demás edificios, en las que las luces de los mismos están encendidas las 24 horas, los 365 días del año.

No ha sido hasta la aparición de los ascensores de alta eficiencia cuando se han replanteado estos conceptos. Las empresas del sector están renovando la gama de ascensores incorporando medidas como la iluminación con apagado automático de la misma cuando no se utiliza y motores con variador de frecuencia que suavizan los arranques y paradas así como reducen el consumo de los mismos.

Está claro que en este tipo de transporte vertical  se puede hacer mucho para conseguir un uso más eficiente de la energía (y de paso ahorrar una buena cantidad de dinero en algunas comunidades de vecinos). Paradójicamente, no existe obligación alguna en lo que se refiere al gasto de energía o eficiencia energética en la legislación que regula estas máquinas, ni está considerado este punto en el Código Técnico de la Edificación.

Es un campo en el que se está avanzando muchísimo, incluso en el control regenerativo con el que aprovechar el movimiento de la máquina para generar a su vez electricidad que pueda reutilizarse en otro ascensor o en iluminación del edificio, a semejanza de los que se hace en el vehículo eléctrico en el que se cargan las baterías con la energía de frenado.

Está claro que hay potencial de ahorro con los nuevos tipos de ascensores, pero si en tu comunidad de vecinos o empresa no existe el planteamiento de cambiar de ascensor podéis cambiar vuestras pautas de uso del ascensor. Una de ellas es por ejemplo, no utilizarlo para bajar y usar las escaleras.

INSTALACIÓN DE UN ASCENSOR

Un problema que tienen muchos edificios es la falta de espacio para instalar un ascensor. Esto se da tanto en edificios nuevos como en aquellos que ya poseen un ascensor pero quieren instalar una cabina de mayor tamaño para solucionar problemas de accesibilidad o acceso con sillas de ruedas.

Existen diferentes tipos de instalaciones para poder colocar un ascensor en la actualidad: sin la demolición de la escalera ya que el hueco disponible en la misma nos permite la instalación de un ascensor, la posibilidad de instalar un ascensor exterior o bien la realización de un corte parcial de las escaleras para poder ensanchar el hueco existente, manteniendo un tramo de escaleras de 80 cms.

¿Cuáles son las dimensiones mínimas de los ascensores? ¿Existe una medida mínima establecida por ley? La respuesta tiene muchos matices, a pesar de ser una pregunta muy habitual.

Efectivamente existen unas medidas mínimas legales para la instalación de un ascensor en edificios públicos en la comunidad de aragón según el Decreto 19/1999, de 9 de febrero : la cabina deber tener un fondo de 120 cm en edificios de vivienda y 140 cm en edificios de uso público, un ancho de 90 cm en edificios de vivienda y 110 cm en edificios de uso público con una superficie mínima de 1,20 m2 y la apertura de puerta debe ser de 80 cm. Además, la zona de embarque o de entrada al ascensor debe estar libre de obstáculos y tener un mínimo de 1,5 m de diámetro.

Estas medidas permiten la entrada de una silla de ruedas de una persona con movilidad reducida y por ello se consideran las dimensiones mínimas que debe tener un ascensor, cuando hablamos de instalaciones en este tipo de edificios.

Las dimensiones mínimas para poder instalar un ascensor en una vivienda privada es aproximadamente: 1m x 0,70m, para uno de un solo embarque y una sola persona sin ningún problema de movilidad reducida.

COMUNIDADES DE VECINOS Y ASCENSORES

Cuando se plantea la instalación de ascensor en una comunidad de propietarios siempre aparecen discusiones y problemas . Las derramas, los gastos de mantenimiento y los problemas en la estructura del edificio dificultan que los propietarios sean capaces de ponerse de acuerdo.

  • Que el solicitante sea un propietario con discapacidad o mayor de 70 años.
  • Que en la vivienda del propietario, vivan, trabajen o presten servicios voluntarios personas con discapacidad o mayores de 70 años.
  • Que los gastos de la obra de instalación del ascensor que tiene que pagar cada propietario (derrama) no exceda de 12 mensualidades de cuota ordinaria de gastos comunes.

Solo podría haber una excepción en el caso de incompatibilidad con la configuración del edificio, o cuando el montaje del ascensor lleve consigo la alteración de otros elementos comunes de forma importante o suponga un perjuicio directo para algún propietario

De forma general, si se aprueba la instalación del ascensor: Deben pagarlo todos los vecinos, tanto la instalación como el mantenimiento en el caso de ser gastos extraordinarios.

En cuanto a los gastos de mantenimiento, pagarán todos los propietarios aunque en los casos en los que se llega a un acuerdo mediante el que los vecinos que no se aprovechen de la utilización del ascensor no tendrán que pagarlo ya que no están realizando ningún gasto. Los propietarios de bajos no necesitan el ascensor, por lo que son casos en los que no los pagan, sin embargo sí que tienen que pagar instalación y gastos extraordinarios que puedan suceder.

Todas las personas somos iguales y deberiamos tener las mismas oportunidades y derecho a utilizar de forma independiente y segura los espacios públicos, edificios, viviendas y puestos de trabajo y sus instalaciones complementarias sin ningún límite.

No hemos de olvidar que la accesibilidad es un derecho fundamental de las personas y no una opción que se puede elegir.