¿QUÉ NECESITO PARA ABRIR UN NEGOCIO CARA AL PÚBLICO?

Locales

LICENCIAS DE APERTURA DE LOCALES

El comercio es uno de los pilares fundamentales de nuestras ciudades, tanto a nivel económico como social. Si estás pensando en abrir un negocio, en este artículo vamos a ir paso a paso para guiarte. Para ello, además, lo mejor será contactar con un técnico desde el inicio, para que te pueda asesorar en todo el proceso, desde la búsqueda de local hasta la aceptación de la licencia.

Abrir un negocio es un procedimiento que requiere de tiempo, es una apuesta personal o colectiva de una idea que esperemos guste al público al que nos queremos dirigir. Esta ilusión es el punto de partida de todo el proceso que vendrá a continuación, teniendo como objetivo la visibilidad en un espacio concreto de nuestra ciudad y de esta manera dar a conocer nuestros servicios o productos. Para ello, y una vez tenemos esta idea, debemos completar una serie de trámites que nos ayudarán a llegar hasta la meta que será nuestra próxima apertura.

  • Búsqueda de local

El primer paso que se debe tener en cuenta a la hora de abrir un nuevo negocio es el local. Es importante tener en cuenta varios aspectos a la hora de buscar local, algunos básicos como situación, tamaño o accesibilidad; pero también las obras que se han de realizar para adaptarlo, si se puede realizar la actividad solicitada en dicho local, si está fuera de ordenación, entre otras cosas.

Es importante tener estos aspectos en consideración, de lo contrario pueden surgir diversos contratiempos que dificulten la apertura del negocio que queremos abrir.

  • Actividades inocuas y nocivas

Teniendo clara la actividad a realizar debemos saber que existen dos tipos diferenciados para la administración, las actividades inocuas y las nocivas (también llamadas no clasificadas y clasificadas). Es importante destacar esto porque dependiendo a qué grupo pertenezca nuestra actividad la normativa a cumplir será diferente.

Las actividades inocuas son las que no ocasionan molestias ni son un riesgo para la salud, también las que no causan daño al medio ambiente, por lo que no son peligrosas para las personas o el entorno. Un ejemplo de este tipo de actividades son unas oficinas, una tienda de ropa o una peluquería.

Por otro lado, las actividades nocivas son las que pueden ocasionar molestias, pueden resultar peligrosas para las personas o para el medio ambiente o se consideran insalubres. Ejemplos de este tipo de actividades son un obrador, un local de ocio nocturno o un centro médico.

Este último tipo de actividades requiere de una mayor justificación de normativa sanitaria, que se suma al Código Técnico de la Edificación y al Plan General de Ordenación Urbana, así como la Ordenanza municipal relativa a la apertura de establecimientos para el ejercicio de actividades no sujetas a licencia o la Ordenanza municipal reguladora en materia de contaminación acústica.

Para conocer si nuestra actividad es nociva o inocua debemos acudir al anexo de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios. Si nuestra actividad aparece allí es una actividad inocua, en cambio, si no está descrita en el listado, tenemos una actividad nociva.

Añadir que en el caso de una ampliación de un negocio ya existente también se debe adecuar a la normativa vigente, por lo que si se dispone de un local del cual ampliamos superficie deberemos justificar el local completo para que cumpla todo el reglamento correspondiente.

  • Documentos a entregar

Una vez ya tenemos claro en qué actividad nos movemos, el técnico debe ponerse manos a la obra para realizar el documento técnico que nos requerirán para una actividad inocua o el proyecto para la actividad nociva.

En el caso de la actividad inocua, además del documento técnico antes comentado, se debe entregar la fotocopia del DNI o del CIF, la copia de alta del IAE donde se puedan ver los epígrafes en los que se encuadra la actividad, las escrituras de propiedad o el contrato de arrendamiento y, en el caso de Fraga, el anexo III de Ordenanza de apertura de establecimientos de actividades no sujetas a licencia.

Para la actividad clasificada se suele necesitar dos copias del proyecto visado y una en PDF, la hoja de ASUME del técnico competente y como en las inocuas, DNI o CIF y escrituras o contrato de arrendamiento.

Entendemos que cada lugar puede tener diferentes procedimientos administrativos para la apertura de negocios en locales, pero lo que la experiencia nos dice es que en la mayoría de los lugares son estos los documentos que generalmente se solicitan.

  • Documento técnico o proyecto

Según qué tipo de actividad sea se deberá entregar un documento técnico o proyecto. La mayor diferencia está radicada en que el proyecto deberá justificar normativa específica de la actividad así como visarlo en el colegio correspondiente. Dentro de estas memorias se deben incluir varias cosas como son la memoria constructiva y descriptiva; los planos de situación, planta, alzado, secciones e instalaciones; la justificación completa del CTE así como las diversas justificaciones de normativas locales o provinciales en materia de accesibilidad o acondicionamiento acústico.

  • Tasas

Por último, hay que tener en cuenta las tasas administrativas que irán en relación al tipo de actividad que desarrollemos. Como se ha comentado anteriormente, según en qué ciudad o pueblo se realice la actividad, dichas tasas también pueden variar.

Para las actividades no clasificadas las tasas suelen variar de los 200 a los 400 euros, en cambio, para las actividades nocivas las tasas a pagar están entre los 500 y los 2000 euros, para recintos entre 500 y 1000 metros cuadrados, pudiendo ser más a medida que aumenta la superficie.

El justificante de pago suele ser otro de los papeles que se debe entregar en la documentación, ya sea un tipo de actividad u otro.

Paralelamente a los trámites administrativos, normalmente se procede al acondicionamiento del propio local. Generalmente, tratándose de reformas pequeñas consistirá en una obra de adecuación del espacio y revestimientos, aunque también podemos encontrarnos ante una reforma integral, que según el ayuntamiento de la ciudad en la que nos encontramos deberá tratarse como obra menor o como obra mayor.

Muchas veces el emprendedor, en su intento de economizar partidas en la importante inversión que supone la apertura de un local, confía la reforma directamente en manos de la constructora y se limita el papel del técnico a la gestión de los trámites administrativos. Sin embargo, lo que no se tiene en cuenta a veces es que un tratamiento integral de la apertura del negocio ofrecerá muchas ventajas por una inversión similar. No olvidemos que en una reforma, los honorarios del diseñador suelen ser despreciables frente a los costes de la obra, y puede ser determinante en el resultado final.

Existe una múltiple oferta de servicios con los que puedes contar a la hora de abrir un local, como puede ser el diseño de la imagen corporativa, distribución e interiorismo, la gestión de las obras o incluso un llaves en mano que incluya todo lo dicho anteriormente.

Estos son, a grandes rasgos, los pasos a seguir en la apertura de un negocio con local. Como podemos ver, si se lleva un orden y un ritmo adecuado y una buena coordinación cliente-técnico, el trayecto que lleva desde la idea hasta la apertura del propio local será un camino del que disfrutar.