SUBENCIONES

Arquitectura, Locales

Ayudas para rehabilitación, accesibilidad y comercio

En los últimos años se viene fomentando desde ayuntamientos, comunidades autónomas y otras instituciones las rehabilitaciones de edificios para de esta manera revitalizar los comercios y los centros históricos de las ciudades. En este tipo de ayudas se suele incentivar la renovación energética e higiénica para viviendas o la estética para los comercios; las intervenciones en materia de accesibilidad es otro punto importante que se subvenciona.

Dichas ayudas suelen llevar un papeleo importante detrás, así como requisitos varios que se deben cumplir para poder optar a ellas. En este escrito vamos a desgranar las características de las 3 subvenciones que han estado vigentes este año por la zona, dos de ellas locales en Fraga y otra de la Comunidad de Aragón. En el caso de los municipios de la comarca, se ha buscado información acerca de subvenciones locales pero en este último año no se ha encontrado ninguna ayuda local en materia de rehabilitación.

Plan vivienda 2018-2021

Esta ayuda a la rehabilitación es promovida por el Gobierno de Aragón, siendo una ayuda anual en un programa de cuatro años. Dentro de esta ayuda existen 3 líneas diferentes, que simplemente diferencian el tipo de vivienda (unifamiliares, pisos o edificios plurifamiliares), siendo los requisitos bastante similares.

Además, a este programa se puede acceder de tres maneras diferentes, ya sea con mejora energética (para unifamiliares o plurifamiliares); con la conservación de las cubiertas (para unifamiliares o plurifamiliares); o con mejora en la accesibilidad (disponible en las tres líneas).

Dentro de los gastos subvencionables se pueden incluir las obras  y honorarios necesarios para la obra de rehabilitación, pero no se incluyen ni tasas ni IVAs ni licencias. Los propietarios o inquilinos de las viviendas o los edificios son los beneficiarios de esta ayuda. Como en la gran mayoría de las ayudas de escala autonómica o nacional se tiene en cuenta el nivel de renta de la unidad de convivencia.

Entre los requisitos generales de las tres líneas de subvención se encuentra la edad de los edificios, los cuales, este año, debían estar construidos antes del 1996 (siempre que no haya personas con una discapacidad igual o superior al 33% y se realicen obras de accesibilidad, entonces no importa el año de construcción); informe técnico justificando las obras o, en caso de ser necesario, proyecto técnico; licencia de obras; ser viviendas de uso habitual y permanente.

El límite máximo de ayuda es el 40% del coste subvencionable, con distintos límites según sea vivienda unifamiliar, piso o edificio plurifamiliar y según se realicen mejoras de accesibilidad, energéticas o de conservación. Existen ayudas complementarias para personas en situación de vulnerabilidad y para personas con unos ingresos inferiores a 3 IPREM (indicador de rentas que se emplea como referencia en las subvenciones) y además una discapacidad igual o superior al 33% o más de 65 años.

Las actuaciones subvencionables en viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares son las mismas: eficiencia energética, con mejoras en la envolvente, instalaciones o energías renovables, llegando a mejorar hasta la letra C o D, según la población; conservación de cubiertas, con reparaciones de elementos estructurales, estanqueidad y desamiantado, incluyendo siempre aislamiento; y accesibilidad, con la instalación de ascensores, rampas o accesibilidad universal en espacios interiores.

En el caso de los pisos las actuaciones subvencionables son simplemente en materia de accesibilidad con mejoras en el interior de la vivienda, como cambios de aseos para facilitar el acceso, ampliación de puertas para silla de ruedas o mobiliario adaptado.

El proceso para realizar la subvención consiste en un trabajo de búsqueda de documentos y después subirlos a una plataforma electrónica. Una vez realizado el volcado de datos a la plataforma se puede registrar online con certificado digital o llevarlo a una oficina delegada de la DGA si no se dispone de dicho certificado electrónico. Durante otros años había recompensas si se entregaba todo lo solicitado bien a la primera y cuanto antes se entregaba mejor para un posible desempate; pero este año estos requisitos se eliminaron.

Dicho todo esto cada caso se debe estudiar para conocer si es necesario simplemente el informe, si hay que hacer proyecto o si de verdad vale la pena pedir o no la subvención.

Rehabilitación casco histórico de Fraga

Desde hace unos años, el ayuntamiento de Fraga promueve unas ayudas para el fomento de rehabilitación de edificios situados en el casco histórico. Además de las edificaciones de esta zona, también se aplican las subvenciones a las ubicadas en el barrio de Miralsot y todos los demás edificios situados en suelo urbano que lleven más de 50 años construidos.

Existen tres categorías subvencionables: mantenimiento de fachadas, renovación de elementos estructurales y carpinterías, y salubridad en el interior de los inmuebles. Depende de la partida presupuestaria dedicada a esta subvención cada año habrá más o menos disponible. Una misma edificación puede concurrir en las tres líneas de subvención a la vez. La cuantía máxima a apercibir es el 60% de los gastos subvencionables, con un máximo de 1.500 euros por categoría, lo que viene a ser un máximo de 4.500 euros.

Se considera mantenimiento de fachadas cualquier trabajo de albañilería que se ejecute en la fachada, ya sean repicados, rejuntados, arreglo de cornisas, restauración de muros, pintado, aleros, bajantes, etc. Destacar que no tiene porque ser un arreglo completo de la fachada y puede incluir incluso las medianeras. Esta línea de subvención se puede pedir una vez cada siete años.

Por otro lado, la renovación de elementos estructurales, cubiertas y carpinterías comprende la renovación o reparación de cubiertas, forjados, cimentaciones, muros de carga, ventanas, puertas en fachada, rejas, barandillas e incluso elementos anti palomas. En este caso y este año, la podía pedir todo el mundo excepto los que ya la habían pedido el año anterior, veremos en 2019 cuál es el requisito.

Por último, la mejora de salubridad interior incluye toda actuación que evite las causas o disminuya los efectos de las filtraciones o humedades, ya sean impermeabilizaciones exteriores de sótanos, canalización de filtraciones, instalación o reparación de tabiques pluviales, reparaciones a causa de filtraciones o humedades provenientes del suelo. Además, también se incluyen las obras de revoco, pintado y pavimentado de elementos afectados por las humedades. Estas tres últimas actuaciones solo se podrán pedir si hay un trabajo previo para paliar las humedades. Para esta línea, el edificio puede pedir la subvención siempre y cuando no lo haya hecho los 3 años anteriores.

En cuanto a documentación necesaria para pedir la subvención existe un formulario del ayuntamiento, además de presupuestos y documentación personal que hay que aportar. Importante recalcar que se necesita una licencia de obras, ya sea menores o mayores (dependiendo la actuación), en el momento de solicitar la ayuda.

Como se ha comentado anteriormente, cada caso hay que estudiarlo y valorar cuál es la mejor actuación en mejora de fachadas, renovación de elementos estructurales y mejora de la salubridad.

Subvención de comercio

Por último, desde el ayuntamiento de Fraga se lanza una ayuda para financiar inversiones en comercios, bares y restaurantes.

En este caso existen nueve líneas diferentes que vienen a ser las siguientes: iluminación de rótulos, acondicionamiento de escaparates, mejora en rotulación, eliminación de barreras arquitectónicas, adquisición de plataformas para terrazas en estacionamientos de vehículos, adquisición de cerramientos para terrazas, adquisición de sillas y mesas para terrazas, instalación de sistemas que faciliten el reciclado y la eliminación de residuos, herramientas para optimizar el trabajo como TPV, PDA o lectores de códigos de barras.

La eliminación de barreras arquitectónicas permite al inversor que se le llegue a subvencionar un 50% del coste, con un máximo de 1.500 euros; y puede ser objeto de la subvención siempre y cuando hayan transcurrido 7 años desde la última vez que se le concedió.

Por otro lado, las ayudas a los TIC’s, ya sean PDA, lectores o TPV, son del 20% del coste, con un límite máximo de 1.500 euros. Para esta, el plazo que ha de transcurrir desde que se concede son 5 años.

Todas las demás líneas tienen los mismos límites, siendo un 20% de los gastos subvencionables con un límite también de 1.500 euros. En este caso, la adquisición de mesas y sillas necesita de 5 años entre subvenciones; para todas las demás deben haber transcurrido 7 años.

Para la ayuda de comercio, la documentación necesaria es similar a la de rehabilitación, donde se debe rellenar una memoria y adjuntar presupuestos y documentos personales; así como disponer de las licencias correspondientes antes de pedir la subvención.

Por último, es importante destacar el beneficio que estas ayudas pueden tener, creando centros históricos de gran interés visual así como viviendas saneadas, mejorando el estado de edificios afectados por el paso de los años y por último dinamizando el comercio local con mejoras en sus establecimientos.

 Subvenciones llevadas a cabo por Espacio Diseño